Fiscalidad de las cestas, regalos o detalles de Navidad de las empresas

Fiscalidad de las cestas, regalos o detalles de Navidad de las empresas

En muchas empresas españolas es una tradición regalar algún detalle a los empleados en Navidad. Esto no es más que un gesto de agradecimiento por el esfuerzo que han hecho los trabajadores durante todo el año.

Entonces, lanzamos aquí la pregunta: ¿cómo tributan estos regalos, cestas o detalles de Navidad? ¿Es posible deducir el IVA? Descubre a continuación todo lo que debes saber sobre fiscalidad de cestas y regalos de Navidad.

Los impuestos en las cestas o regalos de Navidad a los empleados

Para saber si podemos deducir el gasto de los regalos de Navidad, debemos saber si esto es una tradición o no. Solo así podremos deducir el gasto en el Impuesto de Sociedades.

Según el art. 15 del Impuesto sobre Sociedades, no se pueden deducir los donativos y liberalidades; excepto cuando se trate de atenciones a clientes o proveedores, o si se realizan como costumbre al personal de la compañía.

Esto quiere decir que, si cada año se entregan a los empleados cestas y regalos de Navidad, sería un gasto deducible en el Impuesto de Sociedades. Algo que puede demostrarse con las facturas de gastos de años atrás.

Otra cosa distinta son las comidas y cenas de Navidad, que no son deducibles. 

¿Y qué ocurre con las empresas nuevas? Si una empresa nueva quiere regalar a sus empleados cestas y regalos de navidad a sus empleados, esta no podrá deducirse este gasto porque no podrá demostrar ninguna costumbre, ya que es su primer año de vida. Sí podrá hacerlo a partir del segundo año.

¿Cómo tributan los regalos o cestas de Navidad en las nóminas de los empleados?

Las cestas y regalos deben incluirse en la nómina de trabajadores al tratarse de retribuciones en especie, no exentas. Y para ello habrá que hacer el ingreso de los correspondientes pagos a cuenta del IRPF mediante el modelo 111. 

Por lo que la cuantía de los regalos se incluirá en la base de cotización. ¿Qué significa esto? En estos casos, los empleados deberían recibir en sus cuentas la mensualidad por una cuantía menor, ya que se ha descontado el pago a cuenta por la entrega de la cesta o regalo.

Para la declaración del IRPF es necesario que previamente el empleado se asegure de que se incluye en la nómina y en las retenciones estos regalos; ya que hay casos en las que muchas empresas no lo hacen porque los contabilizan como un gasto personal más.

¿Es posible deducir el IVA de los regalos o cestas de Navidad?

No, el IVA no se puede deducir. El art. 96 de la Ley sobre el IVA dice que no será objeto de deducción los servicios o bienes destinados a atenciones de clientes, asalariados o terceras personas.

Además, las cuotas del IVA que derivan de la adquisición de servicios de hostelería y obsequios para los empleados, que no son objeto del tráfico habitual de la empresa, no son deducibles.

Excepciones para deducir el IVA

Por norma general, como hemos dicho, los gastos por las cestas y regalos de Navidad no se pueden deducir. Pero la ley del IVA excluye a las muestras gratuitas y los objetos publicitarios que no supere los 200 euros en el año natural a un mismo empleado.

Estos objetos publicitarios deben incluir el nombre de la empresa (o logo) y no deben superar la cantidad establecida. Por lo que se aconseja que en la factura conste la serigrafía.

Esperamos que este artículo te haya resultado útil para analizar qué impuestos influyen en las cestas, regalos o detalles de Navidad para saber si como empresa puedes deducirte este gasto o no. Sin duda, esta es una forma segura de tributar adecuadamente y evitar multas de Hacienda.

Si tienes cualquier otra pregunta sobre la fiscalidad de regalos o cestas de Navidad a tus empleados, no dudes en consultarnos antes de que Hacienda pueda hacerte una inspección y multarte por no hacer las cosas bien.

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